La reducción de la jornada laboral ha generado uno de los debates más encendidos en el ámbito laboral español de los últimos años. El Gobierno planteó la idea de disminuir la jornada máxima legal de 40 a 37,5 horas semanales sin reducción salarial, con el objetivo de mejorar la conciliación, la productividad y la salud laboral. Sin embargo, pese a la expectación generada, esta medida aún no ha entrado en vigor y sigue en fase de debate político y social.
Durante 2024 y 2025, el Ministerio de Trabajo y Economía Social impulsó un proyecto de ley que pretendía establecer una reducción progresiva: primero a 38,5 horas y, más adelante, a 37,5 horas semanales. La propuesta fue aprobada inicialmente en Consejo de Ministros, pero en septiembre de 2025 no consiguió superar su tramitación parlamentaria. El Congreso devolvió el texto al Gobierno tras la votación de las enmiendas a la totalidad presentadas por varios grupos políticos. Esto supuso un freno temporal a la reforma y dejó sin efecto cualquier calendario previsto para su aplicación.
A pesar de este revés, el Ejecutivo ha reiterado su intención de retomar el proyecto en el futuro, defendiendo que la reducción de jornada es una medida necesaria para adaptar el mercado laboral español a las nuevas realidades productivas y tecnológicas. En paralelo, muchos convenios colectivos están incorporando reducciones parciales o acuerdos de flexibilidad interna que permiten acercarse al modelo propuesto. En la práctica, esto significa que, aunque la ley general no haya cambiado, algunos sectores ya están aplicando jornadas más cortas por iniciativa propia.
El contexto actual deja un panorama mixto: la jornada legal máxima sigue siendo de 40 horas semanales de promedio anual, pero el debate sobre su reducción está más vivo que nunca. Además, el Gobierno ha optado por avanzar en otro frente: el fortalecimiento del registro horario digital, con la finalidad de controlar de forma más precisa el tiempo efectivo de trabajo, las horas extraordinarias y los descansos. Esta medida, que podría entrar en vigor a finales de 2025 o comienzos de 2026, busca combatir el fraude laboral y garantizar que el tiempo de trabajo se mida con rigor y transparencia.
¿Cuándo entra en vigor la reducción de jornada laboral en España?
En el momento en el que estamos escribiendo este artículo, la reducción de la jornada laboral aún no ha entrado en vigor. La propuesta para bajar de 40 a 37,5 horas semanales fue rechazada en el Congreso el 10 de septiembre de 2025, por lo que no existe una fecha oficial de aplicación. Para que la medida se convierta en realidad, el Gobierno tendría que presentar un nuevo texto legislativo y reiniciar todo el proceso parlamentario.
Antes de su paralización, el plan original preveía una implantación escalonada: primero se reduciría la jornada a 38,5 horas semanales, y unos meses más tarde a 37,5 horas. No obstante, ese calendario quedó sin efecto tras el bloqueo parlamentario. Actualmente, el límite legal continúa siendo el establecido por el Estatuto de los Trabajadores, es decir, 40 horas semanales de trabajo efectivo de promedio anual.
Aun así, la posibilidad de reducir la jornada sigue abierta a través de la negociación colectiva. Muchos convenios de empresa y sector están pactando reducciones graduales, reorganización de turnos o modelos híbridos que permiten una mayor flexibilidad. De hecho, algunos expertos consideran que la reducción de jornada llegará de manera natural, impulsada por los acuerdos laborales y las mejoras tecnológicas, incluso antes de que exista una ley que la imponga a nivel general.
¿Qué dice el Estatuto de los Trabajadores sobre las reducciones de jornada laboral?
El Estatuto de los Trabajadores, que regula las relaciones laborales en España, establece en su artículo 34 que la jornada ordinaria máxima no puede superar las 40 horas semanales de trabajo efectivo, calculadas como promedio anual. Este artículo también permite distribuir la jornada de forma irregular a lo largo del año, siempre que se respeten los descansos diarios y semanales, así como los límites legales de horas extraordinarias.
El mismo Estatuto, en su artículo 34.8, reconoce además el derecho de las personas trabajadoras a solicitar adaptaciones de jornada por motivos de conciliación familiar o personal. Esto puede incluir cambios en el horario, la forma de prestación del trabajo o la posibilidad de teletrabajar, siempre que se pacte con la empresa.
Por otro lado, el artículo 37 recoge las situaciones en las que una persona trabajadora puede reducir su jornada laboral de manera voluntaria. Entre ellas se incluyen los casos de guarda legal para el cuidado de hijos menores o personas con discapacidad, así como la reducción de al menos la mitad de la jornada para atender a menores con enfermedades graves. En estos supuestos, la reducción de horas lleva asociada una disminución proporcional del salario, salvo que el convenio colectivo establezca condiciones más favorables.
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